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El Centro de Respiro Familiar de San Bartolomé abrirá sus puertas el 1 de marzo

16/02/2024


El proyecto tiene como objetivo garantizar la atención integral con diversos programas para los Mayores


El Ayuntamiento recuerda que ya está abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso


El Centro de Respiro Familiar de San Bartolomé será una realidad el próximo 1 de marzo con la apertura de sus puertas y el inicio de sus actividades. Un proyecto cuyo objetivo es garantizar la atención integral de los mayores con diversos programas y que viene a dar respuesta en materia de conciliación de la vida familiar, laboral y personal de las personas cuidadoras.


El plazo para presentar solicitudes de acceso ya está abierto, y pueden realizarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en el Registro General del Ayuntamiento y en los Registros de las oficinas municipales. Estas solicitudes estarán disponibles durante todo el año para las personas interesadas en solicitar una de las 30 plazas de las que dispone el Centro.


El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha afirmado que, con esta apertura, “culminamos uno de los proyectos más ambiciosos del municipio, a través del cual damos un paso importante en nuestra defensa de un sistema de atención social sostenible, garantizando la compañía y cuidados profesionales a los beneficiarios del servicio, así como tiempo a sus familiares para que puedan mantener sus actividades personales, laborales y sociales”.


Por su parte, la concejala del área del Mayor, Carmen Medina, ha señalado que el Centro “está orientado a personas con limitación funcional, deterioro cognitivo, movilidad reducida o que dependen parcialmente de terceros para desenvolverse en la vida diaria” y ha recordado que los beneficiarios reales atendidos podrían superar los 30 según la modalidad de servicio a la que se acojan.


El Centro de Respiro Familiar tendrá un horario de atención de 8:00 a 17:00 horas, y contará con un equipo multidisciplinar formado por personal de psicología, trabajo social y terapeuta ocupacional.


Para cualquier aclaración, las personas interesadas podrán ponerse en contacto con el departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento al teléfono 928 520 128 extensión 1233 y en Playa Honda al teléfono 928 820 308 extensión 6.


Junto a las solicitudes, se deberá aportar la documentación que establece el artículo 6.3 del Reglamento de Régimen Interno del Centro para Mayores de San Bartolomé ‘Respiro Familiar’, que puede consultarse en la web del Ayuntamiento (www.sanbartolome.es), o en el BOP de Las Palmas, nº 127, de 20 de octubre de 2023.


En este sentido, los requisitos que han de cumplir las personas que interesadas en acceder al mismo son los siguientes:


-Mayores de 60 años. En casos excepcionales y debidamente justificados se contempla destinar un máximo de cinco plazas de la totalidad para aquellas personas que, cumpliendo el resto de los requisitos exigidos en este reglamento, tengan una edad comprendida entre los 40 y 60 años.


-Estar empadronado con un año de antigüedad y residiendo en el municipio.


– Presentar alguna de las siguientes características: Personas con dependencia o aislamiento social: cuentan con una red de apoyo sociofamiliar escaso o vivan solos, generando una situación de riesgo o privación psicosocial; personas con limitación funcional, con movilidad reducida o que dependen parcialmente de terceros para realizar las actividades básicas o instrumentales de la vida diaria; personas con movilidad reducida, con dificultad para deambular o utilizar sus miembros superiores, que necesitan rehabilitación o ayuda para hacerlo automáticamente; y personas con deterioro cognitivo en sus capacidades mentales, dado por su proceso natural de envejecimiento o por patologías física o mental.


Además, se deberán presentar los siguientes documentos para la solicitud de plaza en el centro para mayores ‘Respiro Familiar’:


– Solicitud conforme a modelo oficial; DNI/NIE unidad de convivencia; certificado de empadronamiento y convivencia; tarjeta sanitaria.


– Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar: Pensionistas: certificado de pensión. Trabajadores cuenta ajena: última nómina. Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral del IRPF y/o último boletín de cotización a la Seguridad Social y, en todo caso, declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe. Desempleados: DARDE y certificado del Servicio Canario de Empleo de prestaciones. Estudiantes mayores de 18 años: certificado o matrícula de estudios.


– En caso de separación o divorcio: sentencia y/o convenio regulador (en caso de no existir declaración jurada).


– Contrato de alquiler de la vivienda y justificante del pago de la última mensualidad o justificante hipotecario.


– Declaración de la renta del último ejercicio o en su defecto, certificado negativo de su presentación correspondiente al último ejercicio, que abarque a todos los miembros de la unidad familiar (o autorización para la emisión por parte del Ayuntamiento del Certificado correspondiente de todos los miembros de la unidad de convivencia).


– Autorización para la obtención de datos catastrales de todos los miembros de la unidad convivencial.


– Informe médico actualizado, donde se indique el estado de salud e historial médico y se especifique el diagnóstico, grado de dependencia y desenvolvimiento personal (que indique la idoneidad y necesidad del recurso).


– Informes médicos que indiquen la prescripción médica de los medicamentos a administrar.


– Declaración de responsabilidad que autoriza a la Administración municipal para recabar cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitarla a otras Administraciones.


– Certificado de datos bancarios para la domiciliación de las mensualidades.


– En el caso de estar en posesión del reconocimiento y calificación del grado de discapacidad o reconocimiento de la situación de dependencia, se tendrá en cuenta dicha documentación, pero no será un requisito obligatorio para dicha solicitud.


– Toda aquella documentación que se considere oportuna para la correcta valoración de las circunstancias que motivaron la solicitud.


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